Autonomía con límites: cobrar más por pago digital es ilegal
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En el escenario económico cubano, donde las MIPYMES y los Trabajadores por Cuenta Propia ganan protagonismo como actores fundamentales, ha emergido una práctica que exige atención: la aplicación de precios diferenciados según el medio de pago. Aunque algunos la consideran una estrategia comercial, la legislación vigente demuestra que se trata de una violación expresa del ordenamiento jurídico.
La directora de la ONAT en Jaruco, María Felicia Almeida García, aclara que esta conducta, cada vez más frecuente, contradice normas esenciales del sistema tributario y financiero del país.
El Decreto-Ley 88 de 2024 reconoce la autonomía de las MIPYMES para fijar precios, como establece su artículo 9, inciso e. Sin embargo, esa autonomía no es absoluta. Debe ejercerse en armonía con el resto de las disposiciones legales.
Precisamente, el Decreto-Ley 100 de 2024, sobre el Sistema de Pagos, es categórico en su artículo 32.1:
no se puede cobrar un precio mayor cuando el pago se realiza mediante un instrumento electrónico.
Esto significa que prácticas como ofrecer un producto a 10 000 CUP en efectivo y 10 500 CUP por transferencia son ilegales, pues penalizan al cliente que opta por la bancarización, un proceso que el Estado cubano promueve activamente.
El artículo 32.2 refuerza esta idea al establecer que las promociones por pago en efectivo deben aplicarse también a quienes paguen electrónicamente. Un descuento no puede convertirse en un castigo para quien utiliza canales digitales.
El Decreto-Ley 88 de 2024 también exige, en su artículo 7, inciso a), que las MIPYMES registren en su cuenta bancaria corriente todas sus operaciones, reafirmando que el pago electrónico es un mecanismo formal y regulado.
La conclusión jurídica es clara:
cobrar más por pago digital es una práctica ilegal que vulnera el artículo 32.1 del Decreto-Ley 100 de 2024.
Este fenómeno revela la necesidad de una mayor divulgación de las normas que rigen la actividad empresarial en Cuba. Muchos emprendedores podrían estar incurriendo en esta violación sin plena conciencia de su alcance.
La interrogante que queda abierta es cuántos establecimientos aplican esta política y cuántos clientes están pagando de más por utilizar canales electrónicos.
Más allá del debate legal, el reto está en que el consumidor conozca sus derechos y el empresario comprenda que la innovación, la formalidad y el cumplimiento normativo no están reñidos con la rentabilidad, sino que son pilares para construir negocios sostenibles y confiables.
