Onat en Jaruco en defensa del Nuevo Sistema Tributario y Resoluciones
Visitas: 73
Últimas entradas de Yahilka Hernández (ver todo)
- Desarrollan Jornada Martiana en escuelas de Jaruco. - 17 de enero de 2025
- Enfrentará sector de la Salud en Jaruco desafíos en 2025 - 16 de enero de 2025
- Arribantes a 14 años de edad de Jarucoingresan a la FMC - 15 de enero de 2025
La Oficina de la Administración Tributaria en Jaruco inició el 2024 con la Campaña de Declaración Jurada del Impuesto sobre los Ingresos Personales, uno de los principales procesos en los que participa toda la sociedad, y que es de obligatorio cumplimiento para los contribuyentes.
María Felicia Almeida García, directora de la ONAT en el territorio, explicó.
MF: “Desde el 8 de enero de este año 2024, comenzó la campaña de declaración jurada de ingresos personales para trabajadores por cuenta propia, artistas, empleados de sucursales extranjeras y del sector agropecuario. La oficina de nuestro municipio culminó esta campaña con resultados positivos, ya que el 100% de los obligados a presentar la declaración concurrieron y se presentaron todas las declaraciones juradas. De un potencial de 750 trabajadores por cuenta propia, todos ellos presentaron su declaración. Entre los artistas, se registraron 64, de los cuales 53 pertenecían al Ministerio de Cultura y 11 estaban inscritos en el registro de creadores. En cuanto al personal que trabaja en las sucursales extranjeras del país, se presentaron 3 declaraciones. Del sector agropecuario, 346 campesinos que tuvieron ingresos durante el año 2023 también presentaron sus declaraciones juradas. Como parte de los beneficios de la campaña de declaración jurada de ingresos personales, un total de 83 contribuyentes personas naturales recibieron el beneficio del pronto pago de bonificaciones, que se realizó a través de los canales establecidos. Esta bonificación consistió en un 3%. Además, los contribuyentes que debían presentar y pagar su declaración jurada antes o hasta el 29 de febrero también se beneficiaron; en total, 44 contribuyentes presentaron su declaración y obtuvieron una bonificación del 5%. Esta declaración jurada de ingresos personales les permitió acceder a estos beneficios estipulados por la ley”.
Según la directiva, la ONAT de Jaruco realizó varias acciones para el seguimiento y control de esta campaña en el presente calendario.
MF: “La ONAT realizó varias acciones durante todo este año 2024 en relación con los contribuyentes obligados a presentar la declaración jurada. Mantenemos informada a la población a través de las redes, así como por la radio y la televisión de nuestro municipio, donde el ministerio y el nivel central han estado comunicando este proceso. Todas las oficinas de administración tributaria del país han estado disponibles para que los contribuyentes sepan que deben presentar su declaración jurada. En caso de que un contribuyente no presente su declaración o no realice el pago correspondiente, se enfrentarán a sanciones según el decreto 308, que establece las normativas sobre incumplimiento, convirtiéndose en omisos dentro de esta campaña de declaración jurada”.
A tono con la obligatoriedad de que todos los actores económicos de Jaruco abrieran sus cuentas bancarias fiscales, la Oficina municipal de la Administración Tributaria trabajó, durante este calendario, junto a la Dirección de Trabajo y Seguridad Social y las sucursales bancarias del territorio.
En el mes de octubre, la ONAT de Jaruco anunció adecuaciones en el pago de la contribución a la Seguridad Social para el personal empleado en el Trabajo por Cuenta Propia.
MF: “El trabajador por cuenta propia que emplea a beneficiarios del régimen general de la seguridad social aporta mensualmente a la seguridad social. El tipo impositivo es del 14% sobre el total de las remuneraciones pagadas al personal asalariado, excluyendo de esta base las cantidades pagadas por distribución de utilidades. Cuando se establece un contrato con un empleado, se fija el salario que recibirá mensualmente, y el empleador determina en dicho contrato las condiciones relativas a ese empleado. El titular aporta el 12.5% y retiene el 1.5% para el pago de las prestaciones a corto plazo de sus empleados, conforme al párrafo 08.10.13. Es importante destacar que el titular no debe informar al empleado sobre el 12.5% ni el 1.5%, ya que estos porcentajes corresponden al capital que tiene el titular para realizar esos aportes. El empleador solo retiene del salario del empleado la parte correspondiente a la seguridad social, siendo el titular quien efectúa la aportación”.
El año 2024 constituyó un período de adecuaciones para la Oficina de la Administración Tributaria en Jaruco y también demostró el favorable comportamiento de la declaración Jurada